Los legisladores de las diferentes bancadas impulsan denuncias penales contra los funcionarios del Poder Ejecutivo y hasta se baraja un pedido de juicio político contra el presidente Javier Milei. El bloque de Miguel Ángel Pichetto impulsa una moción de censura contra el jefe de Gabinete, Guillermo Francos.
Este lunes, tras el rechazo veto de Javier Milei, el Gobierno promulgó la Ley 27.793, que declara la Emergencia en Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026. Sin embargo, como ya había adelantado hace una semana el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, la ejecución de la ley quedó suspendida hasta que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento e incluya las partidas correspondientes en el presupuesto nacional.
La medida se oficializó mediante la publicación del Decreto 681/2025, en el Boletín Oficial. Así, el Ejecutivo suspendió la aplicación de la legislación, debido al impacto fiscal que, consideran, traería a las cuentas del Estado.
En ese sentido, estiman que la creación de la nueva pensión implicará un gasto de $2.166.985.900.000 para el ejercicio 2025, equivalente al 0,26 % del Producto Bruto Interno (PBI), y un gasto adicional de $4.706.628.500.000 para 2026, lo que representa el 0,47 % del PBI.
A esto se suma el costo para el “Programa Incluir Salud”, que otorga cobertura médica a los titulares de pensiones no contributivas, con un gasto adicional de $574.200.000.000 para 2025 (0,07 % del PBI) y $1.239.266.000.000 para 2026 (0,12 % del PBI). La compensación económica de emergencia para prestadores se calcula en $278.323.000.000 (0,03 % del PBI).
En total, la implementación de la ley demandaría un crédito presupuestario de $3.019.508.900.000, equivalente al 0,35 % del PBI
Por esto mismo, el Gobierno decidió postergar su aplicación hasta tanto el Congreso precise de dónde se obtendrán los fondos. De hecho, en el decreto mencionaron que el artículo 38 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera exige que toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general debe especificar las fuentes de recursos para su financiamiento. Además, esta decisión del Gobierno se enmarca en el artículo 5 de la Ley N° 24.629 de Normas Complementarias para la Ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional.
El Congreso de la Nación, según el Ejecutivo, “omitió indicar de manera fehaciente la manera en la cual han de financiarse las erogaciones que la aplicación de la Ley N° 27.793 suponen para el Estado Nacional”. El texto agrega que la facultad otorgada al jefe de Gabinete para reasignar partidas presupuestarias “no constituye una fuente concreta, específica, actual y suficiente”.
El Poder Ejecutivo ya había vetado la ley mediante el Decreto N° 534/25, argumentando que “resultaba imprescindible que toda ampliación de prestaciones se diseñe con criterios de viabilidad financiera, responsabilidad institucional y sustentabilidad en el tiempo”. En esa oportunidad, advirtieron que la falta de previsión presupuestaria “pone en riesgo la sostenibilidad integral del régimen de atención, perjudicando a las personas a quienes se pretende proteger”.
Pese a estos reparos, la Cámara de Diputados y el Senado de la Nación insistieron con la sanción de la ley por mayoría especial, lo que obligó al Ejecutivo a promulgarla en cumplimiento del artículo 83 de la Constitución Nacional.
El texto oficial subraya que el presupuesto vigente de la Administración Nacional “no cuenta con créditos suficientes para afrontar su aplicación”. Incluso si se destinaran todas las partidas disponibles del presupuesto de los tres poderes del Estado al cumplimiento de la ley, “ello resultaría igualmente insuficiente para atender en plenitud las obligaciones allí impuestas”. El crédito presupuestario disponible, sin afectar partidas de servicios sociales, asciende a $2.302.526.621.430, cifra que no cubre el costo total estimado de la reforma.
“Para cumplir con la ejecución de la Ley N° 27.793 sería ineludible disponer un aumento total del monto del presupuesto, el que solo puede ser autorizado por el Congreso Nacional”, señala el texto.
La promulgación fue comunicada formalmente al Congreso, a la espera de que se adopten las medidas presupuestarias que permitan la puesta en marcha efectiva de la emergencia nacional en discapacidad.
Congreso: las opciones que barajan los bloques
Uno de los primeros en hacerse eco del decreto fue el diputado de Encuentro Federal, Esteban Paulón. "La Constitución es clara. Ley aprobada y vigente se cumple. No existe tal cosa como 'devolver al Congreso'", escribió el socialista. Y remarcó que la "creatividad" de Milei y Francos "es causal de denuncia penal, moción de censura y pedido de juicio político".
Pero además, el rosarino se dirigió a los Tribunales de Comodoro Py para ampliar su denuncia por “maniobra inconstitucional del poder Ejecutivo". Días atrás, el diputado ya había denunciado a Milei y a Francos por la demora en la promulgación y reglamentación de la ley. La demanda era por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. También habían sido demandados María Ibarzabal Murphy, Secretaria Legal y Técnica de la Nación y Walter Rubén González, director del Registro Oficial. Asimismo, Paulón sumó al ministro de Salud, Mario Lugones, que también firmó el decreto que oficializa la ley.
La Coalición Cívica también salió a cuestionar la maniobra. "Con el Decreto 681/2025, el Presidente incurre en nulidad absoluta. Pretende inventar un procedimiento nuevo para la sanción y aplicación de las leyes, algo que la Constitución no permite", escribió el presidente del partido, Maximiliano Ferraro. Asimismo, el diputado agregó: "No es competencia del Poder Ejecutivo agregar pasos ni condicionar la vigencia de lo que ya aprobó el Congreso".
El bloque de Pichetto apunta contra Francos
En paralelo, con el diputado de Encuentro Federal Oscar Agost Carreño a la cabeza, los integrantes de Encuentro Federal Miguel Ángel Pichetto (jefe de bloque), Nicolás Massot, Emilio Monzó, Mónica Fein, Esteban Paulón y Margarita Stolbizer presentaron un proyecto para citar a Francos, a Diputados para que sea interpelado, "a los efectos del tratamiento de iniciar una moción de censura".
Entre las causales, los diputados incluirían la nulidad e ilegalidad del Decreto 685/2025; el incumplimiento de la Ley 27.793; la violación de la división de poderes del Estado; el incumplimiento en la asignación de partidas así como también, el incumplimiento de la Ley 24.156. De prosperar la jugada de Agost Carreño, el ministro coordinador podría ser removido de su cargo. Para ello, se requiere del voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las Cámaras.
Por último, el bloque de diputados de Unión por la Patria se reunirá en las próximas horas a fin de definir los pasos a seguir. Por lo pronto, más de un integrante de ese espacio, que a la vez forman parte de la comisión de Discapacidad, le confirmaron a este medio que los miembros desde ese cuerpo de trabajo podrían impulsar una denuncia penal contra funcionarios del Ejecutivo por no cumplir con la ley.
Fuente: Infobae/Ambito

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