Entre Ríos habilita la temporada de caza menor 2025 con menos especies

 La provincia oficializó mediante resolución la apertura de la temporada de caza deportiva menor 2025, tras un proceso que incluyó estudios científicos, análisis de riesgo poblacional, audiencias públicas y la participación de universidades, ONG y organismos técnicos nacionales. El objetivo central es garantizar un aprovechamiento racional de la fauna silvestre, sin afectar la biodiversidad ni los compromisos ambientales asumidos.



Menos especies habilitadas y mayor control


En comparación con el año anterior, se redujo de seis a cuatro el número de especies de patos habilitadas: Pato Picazo, Sirirí Pampa, Pato Cutirí y Pato de Collar. También se fijaron límites más estrictos de extracción por cazador: 15 piezas para anátidos (igual que 2024), pero con una reducción en perdiz chica (de 8 a 6) y liebre europea (de 6 a 4). Además, se mantiene la prohibición total en ocho departamentos y en zonas sensibles como sitios Ramsar, áreas protegidas, monumentos naturales y la zona de Salto Grande.


Otra novedad es la implementación obligatoria de la Hoja de Ruta Cinegética, instrumento que deberá portar cada cazador para su presentación en los controles. Esta medida busca mejorar la fiscalización y generar información territorial sobre la presión de caza.


Sustento técnico y evidencia científica

La resolución se basa en los relevamientos realizados por el Equipo de Monitoreo Adaptativo de Fauna Silvestre (EMAFA) junto a INTA y la Universidad de La Pampa. Según el informe 2024, la población de patos en Entre Ríos supera los 3,2 millones de individuos, con presencia dominante de las cuatro especies habilitadas. El estudio concluye que la tasa de extracción registrada en la temporada anterior no compromete el estado poblacional de estas especies.

Asimismo, se consideraron los aportes de la audiencia pública del 25 de abril en Rosario del Tala, donde participaron fuerzas de seguridad, ONG, operadores turísticos, funcionarios y vecinos, en cumplimiento del principio de participación previsto por el Acuerdo de Escazú.


Actividad controlada, no indiscriminada

La Dirección de Recursos Naturales recordó que esta habilitación no implica caza furtiva ni masiva, sino una actividad estrictamente regulada y fiscalizada. El uso de municiones contaminantes sigue prohibido, debiendo utilizarse proyectiles de acero u otras alternativas no tóxicas.

"El turismo cinegético genera empleo, ingresos y actividad económica en numerosas localidades del interior. Solo en 2024, se estima que movió cerca de 1.000 millones de pesos en la provincia, beneficiando a más de 200 trabajadores directos y a decenas de prestadores de servicios", destacaron desde el área.

Finalmente, se subrayó que todas las decisiones fueron adoptadas respetando la legislación nacional, los convenios internacionales sobre biodiversidad y los marcos constitucionales que otorgan a las provincias el dominio originario de sus recursos naturales.

Organizaciones socioambientales acusan al Ejecutivo provincial de violar leyes nacionales e internacionales. La medida fue tomada el mismo día en que se conmemora el Día Mundial de las Aves.

En plena conmemoración del Día Mundial de las Aves ,la medida, dispuesta por la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización de la provincia, generó un inmediato y fuerte rechazo por parte de organizaciones socioambientales, que cuestionan su legalidad y exigen su anulación.

La autorización, que se extendería desde el 10 de mayo hasta el 15 de agosto, habilita la matanza del Pato Picazo, Sirirí Pampa, Pato Cutirí, Pato de Collar e Inambú Común, todas especies autóctonas y protegidas por normativa ambiental vigente. Según se establece en la resolución, cada cazador podrá matar hasta cuatro ejemplares por excursión de cada especie de pato y seis ejemplares de perdiz o inambú.

La ONG CEYDAS (Centro de Estudios y Defensa Social) emitió un comunicado en el que denuncia la ilegalidad de la medida. “La autorización ha recibido ya duras y numerosas críticas desde instituciones socioambientales debido a la falta de estudios independientes, falta de participación ciudadana y el ocultamiento de información pública ambiental por parte del Gobierno de Frigerio”, advierten.

La abogada Cecilia Domínguez, representante legal de la organización, calificó la resolución como “irresponsable e infundada”, y señaló que “viola leyes y tratados internacionales como el Acuerdo de Escazú, el artículo 41 de la Constitución Nacional y la Ley 25.831 de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental”.

Además, CEYDAS advierte que, hasta el momento, la resolución no fue publicada en el Boletín Oficial ni en ningún sitio oficial del Gobierno, por lo que, según la Dra. Domínguez, “la actividad no cuenta con habilitación formal y reglamentaria. Por lo tanto, quien realice esta actividad estará incurriendo en un delito penal”.

La decisión generó también críticas desde sectores académicos, científicos y ciudadanos que, en redes sociales, señalaron la contradicción entre esta habilitación y el compromiso ambiental que el gobierno provincial asegura tener.


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